Habitabilidad y Primera Ocupación

   habitabilidad y primera ocupacion  INMOBILIARIA VAMAR gestiona las licencias de primera ocupación y las cédulas de habitabilidad, de las que les hablamos un poco a continuación:
LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN
Licencia que se exige para el uso de las edificaciones una vez terminada su construcción, rehabilitación o reforma. Debe acreditarse para su otorgamiento que la obra realizada se ajusta a la licencia urbanística concedida, así como que reúne las condiciones técnicas de seguridad, salubridad y accesibilidad y que puede habilitarse para el uso al que se destina y, en su caso, que el constructor ha cumplido el compromiso de realización simultánea de la urbanización.
Las empresas suministradoras de energía eléctrica, agua, gas y telecomunicaciones exigen para la contratación definitiva de los respectivos servicios la acreditación de la licencia de primera ocupación y de actividad, en su caso, para la prestación del servicio.
CÉDULA DE HABITABILIDAD DE SEGUNDA Y POSTERIORES OCUPACIONES
Documento necesario para la segunda y posteriores ocupaciones de viviendas, en las condiciones que establezcan los Ayuntamientos respectivos.
Las Empresas suministradoras de los servicios de agua, gas y electricidad no pueden formalizar ningún contrato definitivo de suministro sin que por el solicitante se presente documento que acredite haber obtenido la cédula de habitabilidad, o justifique su exención.